Por si acaso aún no estáis al tanto, queremos avisaros de una noticia que puede interesar a todas aquellas PYMES y autónomos que quieran fortalecer su presencia en el canal online (si ya tienen tienda online) o que quieran empezar con éxito a vender en Internet (si tienen una presencia online básica pero quieren crear una plataforma tecnológica para recibir transacciones económicas); y es que la entidad pública red.es, adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información dio a conocer el día 30 de julio una nueva edición de ayudas al sector del comercio electrónico.
A groso modo, se trata de unas ayudas de 30.000 € a fondo perdido a pymes de las comunidades autónomas destinatarias de fondos FEDER. que serán destinadas a recibir un asesoramiento personalizado por parte de expertos y también a la implantación de una plataforma tecnológica en toda regla, de modo que las empresas beneficiarias de las ayudas puedan establecer una operativa sólida en el canal online que les permita abordar el largo plazo con total seguridad.
Dichas ayudas están enmarcadas en de la agenda digital del gobierno, dentro del «Programa de mentoring en comercio electrónico» y toda la información relativa al mismo está publicada en el BOE, no ostante, os haremos un pequeño resumen al respecto para que os hagáis una idea. Si necesitáis más información acerca de cómo beneficiaros de las mismas y cómo solicitarlas, no dudéis en contactar con nosotros y os lo explicaremos en detalle.
Las ayudas tienen por objeto el Impulso a la actividad de comercio electrónico de PYMEs y autónomos, y se materializan a través de dos lotes de ayuda:
En la presente convocatoria es obligatoria la solicitud de ambos lotes.
Para poder concurrir al procedimiento de concesión de las ayudas los solicitantes deberán ser autónomos o PYMEs que cumplan, y acrediten mediante documentación correspondiente, todos y cada uno de los siguientes requisitos específicos:
a) Tener una plantilla de entre 0 y 250 empleados.
b) Tener un volumen de negocios anual que no exceda de 50 millones de euros.
c) Haber sido constituida con antelación a la publicación de las presentes bases.
d) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) No tratarse de una empresa de naturaleza pública o con accionariado de dicha naturaleza.
f) Que tanto su domicilio social como la ubicación en la que se prestarán los servicios y/o se implantarán las soluciones tecnológicas objeto de la ayuda, estén establecidos en la misma comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de autonomía, y siempre en alguna de las siguientes: Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Ceuta, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Islas Canarias, Melilla, Murcia y Navarra.
g) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente la Seguridad Social, así como del pago de las obligaciones de rembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
h) No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
i) Disponer de una página web propia del negocio y operativa, al menos, desde el momento en que se presenta la solicitud.
j) No haber sido beneficiario de la anterior convocatoria denominada «Programa de Asesoramiento a PYMEs en Comercio Electrónico B2C» C-068/11-CD.
La cuantía total máxima de las ayudas que se concedan de acuerdo con la presente convocatoria será de 10.384.745,49 euros (impuestos indirectos no incluidos).
Cada comunidad autónoma tiene destinada una partida presupuestaria diferente, siendo Andalucía y Galicia las comunidades que más proyectos subvencionables tienen. Os adjuntamos a la derecha una tabla con el presupuesto y el número de beneficiarios estimados.
Las fases de ejecución de los servicios de asesoramiento que comprenden la ayuda para cada beneficiario son las siguientes: Fase de Diagnóstico y Fase de Asesoramiento.
Fase de Diagnóstico: Comprende todas las actividades requeridas para establecer un diagnóstico de las necesidades de asesoramiento en comercio electrónico del beneficiario.
Fase de Asesoramiento: En esta fase la entidad colaboradora prestará al beneficiario los servicios de asesoramiento en todas o en algunas de las siguientes materias:
A1. Asesoramiento personalizado en estudio de la competencia .
A2. Asesoramiento personalizado en el desarrollo del Plan Estratégico para la implantación de e-Commerce.
A3. Asesoramiento personalizado en el desarrollo de un plan de comunicación y marketing en Internet.
A4. Asesoramiento personalizado en Atención al Cliente.
A5. Asesoramiento personalizado de Imagen y Diseño corporativo en Internet.
A6. Asesoramiento tecnológico personalizado para el análisis de funcionalidades de una plataforma de e-Commerce.
A7. Asesoramiento personalizado sobre logística y distribución en e-Commerce (e-fulfillment).
A8. Asesoramiento personalizado sobre implementación de medios de pago en una plataforma de e-Commerce .
A9. Asesoramiento personalizado sobre navegabilidad: usabilidad y accesibilidad web.
A10. Asesoramiento personalizado en la integración de los sistemas de gestión de la PYME en una plataforma de e-Commerce.
A11. Asesoramiento personalizado para la iniciación práctica a la internacionalización/exportación a través del e-Commerce.
A12. Asesoramiento personalizado para la implantación de servicios web 2.0 e integración de las redes sociales en la estrategia de venta en el portal e-Commerce («Social e-Commerce»).
A13. Asesoramiento personalizado en la implantación de código de buenas prácticas para la gestión de la Seguridad de la Información, aspectos de carácter legal sobre Protección de Datos de Carácter Personal y Protección de la Propiedad Intelectual, Publicidad y Comunicaciones Comerciales, Derecho de Marcas y Derechos de los Consumidores .
A14. Asesoramiento tecnológico personalizado para la identificación de nuevas funcionalidades de la plataforma de e-Commerce.
A15. Asesoramiento personalizado para mejorar el posicionamiento web de la PYME.
A16. Asesoramiento personalizado en Analítica web, medición del Retorno de la Inversión Online e Inteligencia competitiva.
A17. Asesoramiento personalizado sobre implementación de un sistema de gestión de fraude online en una estrategia de e-Commerce.
A18. Asesoramiento personalizado en la actualización del plan de comunicación y marketing en Internet.
A19. Asesoramiento personalizado en el diseño de un Plan de Internacionalización y apertura de nuevos mercados .
A20. Asesoramiento personalizado para la integración de los sistemas de facturación, stock y tiempo de envío de productos y/o servicios de la plataforma de e-Commerce con los sistemas de gestión de la empresa.
A21. Asesoramiento personalizado en la actualización del plan de comunicación y marketing en Internet.
A22. Asesoramiento personalizado en el diseño de un Plan de Internacionalización y expansión a nuevos mercados a través del e-Commerce.
A23. Asesoramiento tecnológico personalizado sobre la escalabilidad de las aplicaciones de e-Commerce.
A24. Asesoramiento tecnológico personalizado sobre la aplicación de la actividad de comercio electrónico a dispositivos móviles.
Los beneficiarios deberán presentar a Red.es, durante el plazo de presentación de propuestas del lote II establecido en la base décima, plazos, notificaciones y publicidad, y, al menos, desde la recepción del Informe de diagnóstico, una propuesta de proyecto de implantación de la solución de comercio electrónico.
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza a las 13:00 horas del 7 Octubre de 2013.
La información completa la tienes en el BOE y en la web de red.es
Foto con créditos a:
gruntzooki via Compfight cc
1 Comentario
Gracias por esta información importante.
Un saludo,
Bernardo